RECLAMACIÓN DE CANTIDADES
En casos concretos y previo estudio, concertamos con empresas, particulares y autónomos un sistema de reclamación judicial por impago que le asegura al cliente el ejercicio de sus derechos SIN NECESIDAD DE DESEMBOLSO INICIAL A ABOGADO Y PROCURADOR, ya que se articula un sistema de “porcentaje”:
- En función de la cantidad recuperada al cliente.
- A abonar cuando se abone la deuda.
Ante una situación de deuda, nuestros clientes acuden a nosotros para plantearnos el caso correspondiente y ante los hechos y
documentación planteada, y previa una vía de requerimiento extrajudicial por burofax o carta, se opta por alguno de los procedimientos judiciales que en su caso
corresponda o sea más ventajoso para los intereses de los clientes.
Véase:
- Juicio Monitorio (ante deudas líquidas y exigibles).
- Juicio verbal de reclamación de cantidad (deuda menor a 6000 euros).
- Juicio ordinario de reclamación de cantidad (deuda mayor a 6000 euros).
- Juicio cambiario (Letras de cambio, cheques o pagarés).
Aitor Martín Ferreira Abogado