RECLAMACIÓN DE CANTIDADES

En casos concretos y previo estudio, concertamos con empresas, particulares y autónomos un  sistema de reclamación judicial por impago que le asegura al cliente el  ejercicio de sus derechos SIN NECESIDAD DE DESEMBOLSO INICIAL A ABOGADO Y  PROCURADOR, ya que se articula un sistema de “porcentaje”:

  • En función de la cantidad recuperada al cliente.
  • A abonar cuando se abone la  deuda.

 

Ante una situación de deuda, nuestros clientes acuden a nosotros para plantearnos el caso correspondiente y ante los hechos y documentación planteada, y previa una vía de requerimiento extrajudicial por burofax o carta, se opta por alguno de los procedimientos judiciales que en su caso corresponda o sea más ventajoso para los intereses de los clientes.
Véase:

  • Juicio Monitorio (ante deudas líquidas y exigibles).
  • Juicio verbal de reclamación de cantidad (deuda menor a 6000 euros).
  • Juicio ordinario de reclamación de cantidad (deuda mayor a 6000 euros).
  • Juicio cambiario (Letras de cambio, cheques o pagarés).

 

Aitor Martín Ferreira Abogado